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Voto A Favor De La Ley De Encargados De Edificios Y Cervicios Domesticos Monotributistas.

Por: Godoy, Felicia, Fecha de inicio: 25:05:14 (2014-05-25)




BUENOS AIRES 22-05-2014





SERES LEGISLADORES





CONGRESO DE LA NACIÓN ARGENTINA





PETITORIO F G





ASUNTOS: Personal de Servicios domésticos con retiro serán monotributistas, encargados de edificio = empleados de limpieza sin viviendas,. serán monotributistas.





Art. 1- Las personas que trabajen en servicios domésticos, por días, o por hs. etc. están obligados a    inscribirse al monotributo, si no viven en la casa del empleador, = cama adentro.





A-    Las personas en cuestión serán monotributista, sea cocinera, niñera, servicio de limpieza, etc. facturaran por el servicio que brinden, por días o por hs. etc.





B-    pagaran el monotributo, e ingresos brutos, aportes previcionales, como cualquier monotributista.





C-    Las empleadas que vivan en casa del empleador = cama adentro, no serán monotributistas, seguirán  en relación d dependencia.





Art. 2- Los encargados de edificios = servicios de limpiezas, sin viviendas, temporarios, suplencias, o que trabajen pocas hs. por   días por hs. etc. están obligados a inscribirse al monotributo.





A-    Las personas en cuestión serán monotributistas, si no viven en el Edif.. en el que trabajan, facturaran por el servicio que brinden, por días, o por hs. etc. en limpieza de edificios.





B-    Los encargados de edificios con viviendas no serán monotributistas, seguirán en relación de dependencia.





Art. 3- El consorcio de propietario de cada edifico tendrá el derecho de decidir por asamblea, si prefiere tener un encargado de edifico = servicio de limpieza, con vivienda, en relación de dependencia, o monotributista, que facturará por día, o por hs. o por servicios.





       A- El consorcio de propietario no esta obligado a tomar ningún personal de limpieza, en relación de dependencia, ni monotributista.





      B- Los consorsistas podrán limpiar el edificio, y no tomar servicio de limpieza si no lo desea, dicha decisión será aprobada por asamblea, por la mitad mas uno, de los presentes en la reunión, debe quedar asentado en el libro de acta del edificio.





      C- Queda claro que la autoridad máxima de cada edificio es la asamblea, no el Administrador, no el Suter, no el Gobierno.





OBSERVACIÓN:





Referente al Art. 1- hay personas  que trabajan en 5 casas diferentes, y no puede ser blanqueada por 5 empleadores diferentes, por que tendría 5 A.R.T., 5 aportes previcionales, etc.





dicha situación dificulta a los empleadores pagar aportes y A.R.T por pocas hs de trabajo, la situación mencionada se convierte en una mochila muy pesada para el empleador, dado  que la inflación nos perjudica a todos,  razón por la cual es de vital importancia que los trabajadores mencionados sean monotributistas caso contrario perderán el trabajo por dificultad del empleador de afrontar dicho monto, y habrá mas desocupados.





Referente al Art. 2- la mayorías de los encargados de edificios son monotributista, y trabajan en relación de dependencia como encargados, y como monotributista facturan por el trabajo que hacen como pintor, albañil, plomero, etc.





Los encargados de edificios en su horario de trabajo, también realizan trabajos como plomero, pintor, gasista, electricista, en otros Edificios y facturan como monotributistas,  dejando a las esposas hacer el trabajo de limpiezas que ellos deberían hacer.





A muchos propietarios se les remató las viviendas por falta de pago de expensas, hay propietarios que no pueden pagar expensas muy alta, razón por la cual los propietarios tienen el derecho de elegir, y optar por un encargado monotributista, o de tener la opción de limpiar su propio pasillo, y no pagar servicio de limpieza. EL DERECHO A ELEGIR, ES DEMOCRACIA.





Existen muchos locatarios, a quienes se les dificulta pagar el alquiler, mucho mas difícil si tienen que pagar expensas muy alta, por la dificultad de afrontar los gastos mencionados se quedan sin viviendas, en situación de calle, razón por la cual es prioridad que todas las personas que brinden el servicio mencionado sean monotributistas.





Para que el locatario pueda decidir afrontar los gastos dentro de sus posibilidades económica,  DERECHO A LA DEMOCRACIA, LIBERTAD DE ELEGIR.





No existe déficit de viviendas, existe dificultad de alquilar, por distintas razones.





 





1-      Alquiler muy alto, montos abusivos.





2-      Expensas muy alta, dificultad de pagar.





3-      Propietarios que temen alquilar, por temor de no poder desalojar al locatario que no paga el alquiler, por que los Jueces no aplican el Art. 181 del cod. penal, y por que el juicio de desalojo dura aproximadamente 2 años, en todo ese tiempo el locador no recibe ninguna suma de dinero por el mencionado alquiler, tampoco puede disponer de su vivienda.





4-      hay muchas viviendas que no se alquilan por las razones mencionadas.





Estamos juntando firma, si te gusta el proyecto colabora con tu firma, necesitamos el 3 % del padrón conforme al Art. 39 de la constitución de la Nación.





Atte. los Argentinos que firmamos este petitorio.











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Firmas totales: 4

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(24/11/14)

Firmante: Felicia Godoy [ DESTACADO! ]

Este proyecto sirve para solucionar problemas de desocupación, es de vital importancia que los trabajadores en cuestión sean monotributista, dado que por tan pocas hs. de trabajo no se les puede pagar ART y aportes prebisionales, ellos deben facturar por el servicio que brindan.

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(12/04/15)

Firmante: weigel muñoz [ DESTACADO! ]

comparto en todo este proyecto

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(12/06/15)

Firmante: Garese Rodolfo [ DESTACADO! ]

Estoy totalmente de acuerdo, elegir es un derecho y es democracia

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(23/10/16)

Firmante: Ferro Camila [ DESTACADO! ]

Es necesario que esto se convierta en ley.

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Firmas principales

firma

(24/11/14)

Firmante: Felicia Godoy

Este proyecto sirve para solucionar problemas de desocupación, es de vital importancia que los trabajadores en cuestión sean monotributista, dado que por tan pocas hs. de trabajo no se les puede pagar ART y aportes prebisionales, ellos deben facturar por el servicio que brindan.

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4 Firmas


Categoria: Cultura General

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